#Erasmus.01
Mis compañeros están preparando su movilidad, ya tiene la factura del hotel, aún no se han ido. Yo supongo que puedo pagar la factura del hotel y así me ahorro hacerles el anticipo.
El hotel no hay que pagarlo como Dieta sino como factura NORMAL ¿verdad?
Se pagaría mediante un tipo de asiento de Extranjero no Residente en España.
En cuanto al modo de pagarlo lo puede hacer de varios modos:
- Uno es pagar la factura a Proveedores Extranjeros no Residentes directamente al hotel antes de que viaje, y como bien dice, no hay que pagar anticipo.
En este caso el modo de pago será banco.
- La otra es pagarle el anticipo y, a posteriori, cuando vuelva del viaje introduce la factura con el mismo tipo de asiento. En este caso el modo de pago es “por anticipo”.
Ojo. Si luego se le paga algún otro concepto como dieta hay que tener presente que en ella no se debe pagar el alojamiento ya que se ha pagado con anterioridad.
Yo creo que la forma mejor de hacerse es mediante Dieta.
Para que no tenga que adelantar el compañero el dinero de su bolsillo se puede pagar un anticipo.
Cuando regrese se le paga la dieta indicando que se ha abonado mediante anticipo.
Varias cosas a tener en cuenta:
- Si el anticipo fue superior al gasto total de la dieta, el compañero tiene que hacer un ingreso a la CC del centro con el sobrante. Ésto se graba en séneca mediante el tipo de asiento “Reintegro de anticipo”.
- Ojo con las facturas. El alojamiento puede tener retención de IRPF. Ésto ocurre cuando el gasto de hotel es inferior al importe que se le abona en ese concepto. A la diferencia entre lo abonado y el importe real que figura en la factura presentada se le aplica retención de IRPF.
No es obligatorio presentar la factura para cobrar la dieta, pero si no se presenta, como el importe real que se justifica en caso de no presentar factura es cero, se le aplicaría IRPF a todo el importe abonado por concepto de alojamiento.